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LA DOCTRINA DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL Y LAS GARANTÍAS ESTABLECIDAS PARA LA JUSTICIA PENAL POR EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Journal: Revista Espiga (Vol.5, No. 10)

Publication Date:

Authors : ;

Page : 50-72

Keywords : Juvenile penal sanction ? Educational approach ? Special positive prevention ? Proportionality with the gravity of the fact ? Preponderance of alternative solutions.;

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Abstract

Con la aprobación de la Convención de Derechos del Niño en 1989 y los instrumentos internacionales que la complementan, se originó un nuevo paradigma, que ha recibido en Latinoamérica la denominación de doctrina de la protección integral. Ello implicó que se admitiera que a los menores de edad en conflicto con la ley, debía reconocérseles las diversas garantías penales y procesales establecidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos. A dichas garantías, aplicables a todos los seres humanos, independientemente de su edad, debía agregárseles garantías adicionales, consecuencia del principio del interés superior del niño. Importante al respecto es que dicho principio no podría operar más como un “Caballo Troyano en el Esta-?‐? do de Derecho”,2 es decir, como una forma subrepticia de quebrantar las garantías propias de un Estado de Derecho, justificando las peores arbitrariedades.

Last modified: 2016-10-12 01:48:45